Colaterales: ¿Cuál es la diferencia entre aval y fiador?

26.11.2020

Un colateral fortalece el crédito pero no su cumplimiento

Una garantía proporciona seguridad y brinda robustez a la operación de crédito para el cumplimiento de una determinada obligación, sin embargo no garantiza el pago de las cuotas.

Muchas veces tendemos a utilizar estas palabras como sinónimos pero en el ámbito jurídico son completamente diferentes.

¿De qué tipo son las garantías?

Las garantías se dividen en dos grandes categorías: garantía real y personal.

Garantía personal

Se presta un compromiso de la persona o personas que garantizan para el caso que el deudor principal de la operación no cumple con sus obligaciones serán los garantes los que tendrán que hacer frente a ella. Las personas pueden ser naturales (individuos) o jurídicas (empresas), además se sub dividen en fiadores y avales.

Garantía real

La garantía se hace sobre bienes tangibles. Hay dos grandes grupos de garantías reales: hipotecaria y prenda.

Hipoteca:

La garantía bancaria se hace sobre un bien inmueble:

  1. Vivienda habitual
  2. Segunda residencia
  3. Vivienda en construcción
  4. Inmuebles de negocio: locales de comerciales y oficinas

Prendas:

  1. Existencias
  2. Maquinaria
  3. Saldos en cuentas corrientes
  4. Depósitos plazo
  5. Acciones
  6. Fondos de inversión

Indudablemente, cuanto más líquida (capacidad de convertirse en dinero rápidamente) sea la garantía real o garantía personal ofrecida, más interesante será para los bancos por lo que el dinero y sus derivados ocupará el primer puesto.

¿Qué es un aval?

El aval es una tercera persona que se obliga a garantizar el pago si el deudor no se hace cargo.

En un contrato de aval la persona que se compromete es el avalista y la que solicita el préstamo es el avalado (deudor); el aval queda obligado de manera solidaria con el deudor principal y puede ser demandado en forma directa por el acreedor, es decir, no es necesario que primero demande al deudor principal.

Una de las características más importantes del aval es que se fija un periodo de tiempo establecido para que el deudor devuelva el dinero prestado.

¿Qué es un fiador?

Persona que responde por otra en el caso de que esta no cumpla la obligación de pago que contrajo.

¿Cuáles son sus principales diferencias?

  1. El aval es un término utilizado en materia mercantil, empleado en los títulos de crédito (pagarés y letras de cambio) haciendo referencia que la persona se compromete al pago de lo adeudado en nombre de otra persona y fiador es un término que se utiliza en materia civil, a través del contrato de fianza, en el cual una persona se compromete con el acreedor a pagar por el deudor si este no lo llegará a hacer.
  2. Si te piden garantizar un contrato de arrendamiento serás fiador y si te solicitan garantizar una deuda a través de un pagaré te convertirás en aval.
  3. El fiador no puede ser forzado a pagar al acreedor sin que de manera previa sea demandado el deudor principal, mientras que el aval queda obligado de manera solidaria con el deudor principal y puede ser demandado en forma directa por el acreedor.
  4. El aval garantiza un título valor mientras que la fianza está vinculada a un pacto, esté o no contenido en un documento.

Solidaridad: Condición de solidario

El aval por su propia naturaleza es solidario; es decir, el acreedor puede exigir el cumplimiento de la totalidad de la obligación indistintamente al garante y/o al deudor.

En cambio, cuando se constituye una fianza, esta puede ser solidaria o simple; en este último caso, el garante solo se ve obligado a honrar el compromiso solo "en segunda instancia" si el deudor es insolvente, es decir, si no posee bienes dentro del territorio nacional.

Ahora que ya conoces más sobre los colaterales, te invitamos a reflexionar, puedes dejar tus respuestas en los comentarios.

¿Cuál cree usted que es la principal diferencia entre un aval y un fiador?

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